Aunque sea de manera breve, debo dejar reseñada la cuidada información publicada el pasado mes en Cinco Días sobre la carga de trabajo que soportan los Juzgados de lo mercantil, de los que se dice que son los más saturados de España. Supongo que la explicación de esa situación puede obedecer a causas diversas. Una de ellas es, sin duda, la complejidad procedimental y material de no pocos de los asuntos que son competencia de dichos juzgados.
Es cuestionable, por ejemplo, comparar la duración media de un concurso con la media de cualquier procedimiento judicial en España. Es también dudoso que la duración de los procedimientos no esté influida con frecuencia por cuestiones ajenas a la propia normativa aplicable o al funcionamiento del Juzgado, como sucede con frecuencia por la propia utilización por las partes de distintas posibilidades tendentes a la dilación del procedimiento. Es lo que sucede, por ejemplo, con la liquidación de empresas, que es escenario habitual de todo tipo de maniobras orientadas a diferir ese resultado, que aparece luego en las estadísticas como el supuesto que presenta una mayor duración.
Madrid, 21 de julio de 2017