La nueva iniciativa del Parlamento Europeo toma en consideración las previsiones contenidas en la Directiva sobre Requisitos de Capital III, que inspirándose en las Recomendaciones del Banco Internacional de Pagos de Basilea, vincula el fortalecimiento de los recursos propios con la política en materia de retribución variable. En la correspondiente
nota de prensa se establecen algunos principios de la futura regulación. Los enuncio de manera sintética, puesto que la mayoría ya han sido ampliamente barajados en anteriores entradas:· En bancos rescatados con fondos públicos, no se aceptará el pago de bonus, en tanto no se hayan reembolsado las ayudas públicas. El salario de los administradores no podrá superar los 500.000 euros.
· La retribución variable por medio de bonus, no puede exceder del 50% de la retribución total.
· El pago de los bonus deberá aplazarse al menos en cinco años desde que se aprobó, con lo que se trata de evitar la percepción de bonus sobre beneficios futuros o meramente ficticios.
· Los bonus en metálico deberán limitarse en un porcentaje reducido (inferior al 6%) del total de la retribución variable.
· Los supervisores europeos y nacionales deberán prestar particular atención a las políticas de retribución en el sector financiero.
Se prevé que la votación de las normas correspondientes tenga lugar en el próximo mes de julio.
Madrid, 18 de junio de 2010