Requerimiento a España por la no trasposición de las Directivas sobre información no financiera y de abuso de mercado

Los últimos años han revelado la importancia que tiene en materia mercantil el adecuado cumplimiento de los deberes que incorpora la legislación europea. Aunque parezca elemental, el primero de esos deberes corresponde a los Estados miembros –al Reino de España en nuestro caso- y consiste en la oportuna trasposición de las directivas aprobadas al ordenamiento interno. Por ello me permito hacerme eco de la reciente iniciativa de la Comisión Europea al requerir formalmente a España la completa trasposición de la Directiva 2014/95/UE, de 22 de octubre de 2014, por la que se modifica la Directiva 2013/34/UE en lo relativo a la divulgación de información no financiera e información sobre diversidad por parte de determinadas grandes empresas y determinados grupos y de la Directiva 2014/57/UE, de 16 de abril de 2014, sobre las sanciones penales aplicables al abuso de mercado (Directiva sobre abuso de mercado).

 

En la comunicación que anunciaba la remisión de los correspondientes requerimientos, la Comisión Europea explicaba los motivos de su decisión:

 

State liability for breach of EU law. The Commission decided today to send a letter of formal notice to Spain on the grounds that its national rules on State liability for a breach of EU law due to the Spanish legislature are contrary to the principles of equivalence and/or effectiveness. The Spanish legislation has established less favourable conditions for liability for a breach of EU law than for liability due to a breach of the Spanish Constitution. In addition, it contains procedural conditions which are also not in line with established case law of the Court of Justice of the EU. The contested national provisions thus render State liability for a breach of EU law excessively difficult, with a negative impact on the effectiveness of EU law”.

 

 

Madrid 27 de julio de 2017