El pasado miércoles publicó la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) su Guía Técnica sobre comisiones de auditoría de entidades de interés público.
Dentro de las entidades de interés público destacan las sociedades cotizadas y las instituciones financieras, a las que se impuso contar con una comisión de auditoría conforme a los criterios establecidos en la disposición adicional tercera de la Ley 22/2015, de 20 de julio, cuyo apartado 7 atribuía a la CNMV la supervisión del cumplimiento de lo establecido en dicha disposición.
La iniciativa es especialmente trascendente con respecto al gobierno corporativo de las sociedades cotizadas, toda vez que la comisión de auditoría es una de las comisiones obligatorias (art. 529 terdecies de la Ley de Sociedades de Capital – LSC) y su régimen en dichas sociedades está determinado en el artículo 529 quaterdecies LSC.
La Guía Técnica de la CNMV supone un desarrollo de esas disposiciones legales y va a reforzar la importancia que las comisiones de auditoría han adquirido en las sociedades cotizadas. Es previsible que a partir de la publicación de la Guía Técnica aparezcan nuevos estudios sobre la citada comisión. Me limitaré aquí a remitir a la nota de prensa elaborada por la propia CNMV que explica el contenido de dicho documento, de los principios básicos y buenas prácticas que incluye la nueva Guía.